El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio en virtud de la declaratoria de emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 que ocasiona graves perjuicios y que afecta la generación de ingresos de las personas y por ende, del cumplimiento de sus obligaciones periódicas, como es el pago de los cánones de arrendamiento, emite el Decreto 579 del 15 de abril de 2.020 “Por el cual se adoptan medidas transitorias en materia de propiedad horizontal y contratos de arrendamiento, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica” dentro del cual, entre otras, “se busca crear nuevas disposiciones de índole legal respecto de (i) la suspensión de desalojos de arrendamiento de inmuebles con destinación habitacional y comercial y personas jurídicas sin ánimo de lucro, por parte de las autoridades policivas, y, (ii) reajuste, prórrogas e inicio de los contratos de arrendamiento sobre los inmuebles precitados (…)”.
(Decreto 579 del 15 de abril de 2.020)
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