El Gobierno Nacional mediante el Decreto 878 del 25 de junio de 2.020 establece que los Alcaldes en coordinación con el Ministerio de Interior, podrán autorizar la implementación de planes piloto en los establecimientos y locales comerciales que presten servicio de comida, para brindar atención al público de manera presencial o a la mesa, cumpliendo con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud.
Consulta el protocolo de bioseguridad aquí
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